Su cumpleaños no es el día primero
El período va desde tres meses antes del mes de cumpleaños hasta tres meses después. Si se inscribe antes del mes de cumpleaños, la cobertura generalmente comienza el primer día de ese mes.
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Ingrese su fecha de nacimiento y situación de cobertura para obtener un calendario educativo del Período de Inscripción Inicial, las preguntas que debe confirmar y el próximo paso oficial.
Calcule su mes de elegibilidad por edad y el período inicial de inscripción de siete meses. Después, revise las preguntas que debe confirmar antes de tomar una decisión.
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Este resultado es educativo. No determina su elegibilidad, la fecha efectiva real, una multa ni un período especial de inscripción. Medicare también puede estar disponible antes de los 65 años en ciertas situaciones que esta herramienta no evalúa.
Para la mayoría de las personas elegibles por edad, el período comienza tres meses antes del mes en que cumplen 65 años, incluye ese mes y termina tres meses después.
El período va desde tres meses antes del mes de cumpleaños hasta tres meses después. Si se inscribe antes del mes de cumpleaños, la cobertura generalmente comienza el primer día de ese mes.
Medicare considera el mes anterior como mes de elegibilidad. El período comienza cuatro meses antes del mes de cumpleaños y termina dos meses después; la cobertura podría comenzar el primer día del mes anterior.
Para la Parte B y la Parte A con prima, inscribirse durante el mes de elegibilidad o los tres meses posteriores generalmente inicia la cobertura el mes siguiente. Confirme la fecha con el Seguro Social.
Una persona cubierta por un plan colectivo basado en su empleo actual o el de su cónyuge podría tener un Período Especial de Inscripción. COBRA, la cobertura de jubilado y un plan del Mercado no cuentan como cobertura por empleo actual para esa regla de la Parte B. El tamaño del empleador y la coordinación de beneficios también pueden influir. Confirme con beneficios del empleador y el Seguro Social antes de retrasar la Parte B.
La Parte A sin prima puede comenzar retroactivamente hasta seis meses cuando una persona se inscribe después de los 65 años, pero no antes del primer mes de elegibilidad. Inscribirse en Medicare puede afectar la posibilidad de aportar a una HSA. Coordine la fecha con el Seguro Social, el empleador y un asesor tributario.
El momento de inscribirse y la selección de cobertura son decisiones diferentes. Confirme primero las fechas de las Partes A y B. Luego compare médicos, recetas, viajes, primas y posibles gastos de bolsillo.
Las multas por inscripción tardía en Medicare no son cargos únicos. La multa de la Parte B añade un porcentaje a su prima mensual mientras tenga la Parte B, y la de la Parte D funciona igual. Perder su ventana por un año no le cuesta un año: le cuesta un recargo por el resto de su vida.
Su Período Inicial de Inscripción dura siete meses: los tres meses anteriores al mes en que cumple 65 años, el mes de su cumpleaños y los tres meses siguientes. Inscribirse en los tres meses previos a su mes de cumpleaños generalmente le da cobertura desde el mes en que cumple 65, que es el resultado más limpio.
Si lo pierde por completo, el Período General de Inscripción va del 1 de enero al 31 de marzo, con cobertura desde el mes siguiente a la inscripción. Es una vía de recuperación, no equivalente: la multa normalmente sigue aplicando.
Si tiene cobertura acreditable por su empleo actual o el de su cónyuge, puede que pueda retrasar la Parte B sin multa e inscribirse después mediante un Período Especial. Que eso sea apropiado depende mucho del tamaño del empleador, porque ese tamaño determina si paga primero Medicare o el plan del empleador.
Esta es una de las pocas áreas donde equivocarse en cualquier dirección sale caro. Retrasar la Parte B cuando debía inscribirse puede dejarle un vacío de cobertura y una multa permanente. Inscribirse cuando no hacía falta puede significar pagar una prima de la Parte B por cobertura que duplica la que ya tiene.
La cobertura de jubilado y COBRA generalmente no se consideran cobertura acreditable para este fin, una distinción que sorprende a mucha gente cada año. Confirme su situación específica antes de suponer que el plan de su empleador le permite esperar.
Su inscripción abierta de Medigap es un período de seis meses que empieza cuando tiene 65 años o más y está inscrito en la Parte B. Dentro de él, las aseguradoras de Suplemento de Medicare generalmente no pueden usar evaluación médica en su contra: no pueden rechazarlo, cobrarle más por su historial ni imponer una espera por condiciones preexistentes.
Una vez que cierra, en la mayoría de los estados sí pueden. Eso hace que la elección inicial entre Medicare Advantage y Medicare Original más Medigap sea más determinante de lo que parece al principio: cambiar de Advantage a una póliza Medigap más adelante puede exigir pasar una evaluación médica, y una condición desarrollada mientras tanto puede volver ese cambio caro o sencillamente imposible.
La mayoría de los errores de Medicare son errores de tiempo, y casi todos se evitan con unos meses de anticipación.
Si ya perdió una ventana, conviene conocer la consecuencia exacta en lugar de suponer lo peor, porque las multas son calculables y las vías de recuperación son reales.
La multa por inscripción tardía en la Parte B añade un diez por ciento a su prima mensual por cada período completo de doce meses en que pudo tener la Parte B y no la tuvo, y aplica mientras mantenga la Parte B. La multa de la Parte D se calcula como el uno por ciento de la prima base nacional del beneficiario por cada mes sin cobertura acreditable de medicamentos, y continúa igualmente mientras tenga la Parte D.
El Período General de Inscripción va del 1 de enero al 31 de marzo para quienes perdieron su Período Inicial, con cobertura desde el mes siguiente a la inscripción. Existe un Período Especial si usted retrasó la inscripción por tener cobertura acreditable de un empleo actual y, en ese caso, las multas generalmente no aplican.
Si cree que una multa se aplicó por error —por ejemplo, tenía cobertura acreditable que no quedó registrada— hay un proceso de apelación. La documentación de esa cobertura previa es lo que determina el resultado, así que reúnala antes de presentarla.